Descubre más
Subir

Reclamación de Impagos online

Te ayudamos a recobrar tus facturas impagadas de forma online

Reclame ya a sus deudores

Reclamar un Impago

Soluciona tus problemas de cobro a morosos

Utiliza el servicio de reclamación de impagos al incluir a tus morosos en el fichero de morosidad de ICIRED, siendo visible por todas las empresas y entidades financieras españolas en nuestros Informes de empresas

Reclamación de Impagos

POSTAL

Reclama un impago con carta postal

  • Verificación de deuda
  • Requerimiento de pago
  • Inclusión en el fichero
  • Notificación por carta postal
  • Publicación del impago en ICIRED

Reclamación de Impagos

CERTIFICADA

Reclama un impago con carta certificada

  • Verificación de deuda
  • Requerimiento de pago
  • Inclusión en el fichero
  • Notificación por carta certificada
  • Acuse de recibo
  • Publicación del impago en ICIRED

Reclamación de Impagos

BUROFAX

Reclama un impago mediante burofax

  • Verificación de deuda
  • Requerimiento por burofax
  • Acuse de recibo del burofax
  • Certificación de texto del burofax
  • Inclusión en el fichero
  • Notificación por carta certificada
  • Asesoramiento gratuito
  • Publicación del impago en ICIRED

Reclamación de Impagos

NOTARIAL

Reclama un impago con prueba notarial

  • Verificación de deuda
  • Requerimiento mediante notario
  • Inclusión en el fichero
  • Notificación por carta certificada
  • Acta notarial provisional
  • Acta notarial definitiva
  • Asesoramiento gratuito
  • Publicación del impago en ICIRED
  • Posibilidad de Recuperación del IVA

VENTAJAS

La manera más efectiva para el cobro de deudas pendientes

  • Efectivo: Notificación del impago al sistema financiero y empresarial de nuestro país a través de nuestros Informes.
  • Económico: podrás reclamar tus impagos online desde solo 9,90€. No cobramos cuota de alta ni un porcentaje de la deuda recobrada
  • Sencillo: herramienta online de fácil manejo
  • Rápido: en 48 horas un equipo jurídico habrá verificado la deuda y habrá reclamado el pago al deudor.
  • Exclusivo: inclusión del deudor en ICIRED: el primer y único fichero de morosidad español abierto y accesible para cualquier persona e incluido en nuestros Informes de Empresas.
  • Legal: Un nuevo sistema 100% legal, que cumple con LOPD y RGPD y es un entorno digital seguro.
ver ejemplo de notificación
https://www.youtube.com/embed/grzyvskNGZE

valor añadido

Cobro efectivo de deudas

El principal valor añadido de este servicio es la enorme difusión que se le da a las facturas impagadas. Al contratar el servicio, además de iniciarse las acciones legales de reclamación de la deuda, ésta se incluye en nuestros Informes de Empresas, que son consultados por la práctica totalidad de bancos y entidades financieras del país y por la mayor parte del tejido empresarial español.

Además, estas deudas podrían afectar al Rating de Solvencia que se le otorga a la empresa morosa. Además, la plataforma tiene la particularidad de que está basada en un fichero de morosidad abierto y de acceso libre, lo que hace que la reputación financiera del deudor se vea muy comprometida pudiendo tener problemas de financiación y operaciones de pago a plazos. Por todo esto, las posibilidades de recobro aumentan considerablemente.

¿Alguna reclamación gestionada? Para gestionar el estado de la tramitación, debes acceder a la plataforma de ICIRED

Gestión de reclamaciones existentes

Reclamación postal

Realizamos el requerimiento de pago mediante carta postal, dando un plazo de 5 días para hacer el pago y advirtiendo de la inclusión en el fichero de morosidad ICIRED en caso contrario.

Transcurrido el plazo, se hace la publicación de los datos del reclamado en el fichero ICIRED y se le notifica mediante una nueva carta certificada, donde también se le informa de los perjuicios que puede sufrir como consecuencia de permanecer activa dicha publicación y de la necesidad de realizar el pago para poder salir del fichero.

Reclamación certificada

Realizamos el requerimiento de pago mediante carta certificada, dando un plazo de 5 días para hacer el pago y advirtiendo de la inclusión en el fichero de morosidad ICIRED en caso contrario.

Transcurrido el plazo, se hace la publicación de los datos del reclamado en el fichero ICIRED y se le notifica mediante una nueva carta certificada, donde también se le informa de los perjuicios que puede sufrir como consecuencia de permanecer activa dicha publicación y de la necesidad de realizar el pago para poder salir del fichero.

Reclamación burofax

En esta modalidad realizamos el requerimiento mediante Burofax legal. Transcurridos 5 días, se hace la publicación de la deuda en el fichero ICIRED y se le notifica mediante carta certificada.

Enviamos el burofax con acuse de recibo y certificación de texto, por lo que ostentará valor probatorio ante los juzgados y tribunales, revelándose, así, como la opción perfecta si no descartas iniciar en algún momento un pleito para reclamar deuda.

Reclamación notarial

Realizamos el requerimiento mediante acta notarial, dando fe el notario del envío y de su contenido. En el escrito se otorga al deudor 20 días para formalizar el pago.

Transcurrido el plazo, se publican los datos del deudor en el fichero ICIRED notificándoselo por carta certificada. El coste es mínimo obteniendo un acta notarial con valor probatorio ante los juzgados y que resulta eficaz a efectos de la recuperación del IVA de las facturas.

¿Qué tipo de impagos pueden reclamarse en ICIRED?

Por un lado, según la naturaleza de la persona, en ICIRED se pueden reclamar impagos a personas físicas (particulares o autónomos) o jurídicas (empresas).

Por otro lado, según la naturaleza de la deuda, para la reclamación de impagos se admiten prácticamente cualquier tipo de deuda dineraria, reuniendo simplemente los siguientes requisitos, legalmente exigidos:

  • Deuda cierta: Aportándose la documentación que acredite, aunque sea de modo indiciario o aparente, la existencia del impago, así como facilitando datos veraces y actualizados sobre cuantía y deudor.
  • Deuda vencida: Es decir, que se haya cumplido el término o plazo previsto para el cumplimiento de la obligación de pago sin que éste se haya realizado.
  • Deuda exigible: Característica que se predica de las obligaciones que son reclamables ante la autoridad administrativa o judicial competente, si bien, no podrán haber sido objeto de reclamación judicial o administrativa, por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de disputas vinculante entre las partes.
  • Deuda con antigüedad inferior a cinco años: La legislación actual prevé que los datos solo podrán mantenerse en el sistema de información crediticia por un plazo máximo de cinco años, desde la fecha de vencimiento de la obligación dineraria, financiera o de crédito, cuya cuantía principal no podrá ser inferior a 50€.

¿Qué es ICIRED?

ICIRED es el primer fichero en España en intercambiar información sobre solvencia patrimonial y crédito aportada por los propios acreedores. Cumple con los requisitos exigidos por la Agencia Española de Protección de Datos y es consultado por Bancos, entidades financieras, empresas de telecomunicaciones y suministros, compañías de seguros, etc.

¿Qué documentación es necesaria aportar?

Con el objetivo de cumplir rigurosamente con las obligaciones y garantías que la normativa aplicable impone, desde ICIRED se solicita que los acreedores aporten la documentación acreditativa necesaria como para entender acreditada, aún de modo aparente o indiciario, la existencia de la deuda. A priori, documentos de cualquier tipo firmados por el deudor en que aparezca la obligación del pago, así como otros documentos que pueden estar creados unilateralmente por el acreedor, como facturas, albaranes, certificaciones, etc.

¿Cuál es el precio de la publicación en ICIRED?

Una de las muchas ventajas de este fichero es que no cobra cuotas periódicas ni porcentajes por éxito en el recobro. Nuestro precio es fijo por cada reclamación de impago, e incluye el requerimiento previo, la publicación y la carta de notificación. Así, en la modalidad básica, el precio es de tan sólo 9,90€ +IVA. Con carta certificada cuesta 27€ +IVA. En la modalidad de burofax, únicamente de 59€ +IVA. En la de requerimiento notarial, a pesar de tener que satisfacer los costes de notario y realizar todas las gestiones ante él, el precio es sólo de 125€ +IVA. Por último, en la modalidad internacional, en la que las cartas deben ir al extranjero, el precio es de 169 € +IVA.

Estos precios de referencia se ven reducidos considerablemente para clientes de eInforma que inicien el proceso desde nuestro website.

¿Cuál es la principal diferencia entre las modalidades de reclamación?

En todas las modalidades, la fase final de inclusión de los datos de deudor y deuda en el fichero ICIRED, así como la notificación al deudor de la inclusión en el fichero, es común. La notificación de inclusión se realiza mediante diferentes métodos. La principal diferencia entre cada modalidad radica en el requerimiento previo de pago que se realiza al deudor.

  • Reclamación de impago postal: el requerimiento previo al deudor se realiza mediante carta postal ordinaria, lo que permite establecer el precio más económico del mercado y posibilita su uso por parte de cualquier persona o entidad que sufra impagos.
  • Reclamación de impago certificada: el requerimiento previo al deudor se realiza mediante carta certificada, sistema que otorga una alta fiabilidad a cambio de un escaso coste y posibilita su uso por parte de cualquier persona o entidad que sufra impagos.
  • Reclamación de impago burofax: el requerimiento previo al deudor se envía mediante burofax con acuse de recibo y certificación de texto. Se trata de una modalidad de envío más garantista que la carta certificada ya que nos permite tener acreditado, no sólo la remisión de la carta, sino también su recepción. Por este motivo este escrito tendrá posteriormente valor probatorio en sede judicial, en caso de que se llegue a interponer una demanda en reclamación de la cantidad debida y, por tanto, se trata de una modalidad perfecta para el acreedor que no descarta iniciar acciones legales en algún momento.
  • Reclamación de impago notarial:  el requerimiento previo lo realiza un notario mediante acta notarial. Este tipo de envío es el que ofrece mayor garantía, ya que el propio notario realiza el envío y da fe de su contenido y recepción así como de las manifestaciones, si las hay, del reclamado. Este requerimiento, por supuesto, tendrá también valor probatorio ante cualquier órgano administrativo o judicial. Además, la ventaja principal de esta modalidad es que el acreedor, siempre que cumpla los plazos y requisitos legales, puede recuperar el IVA soportado en la factura y que no ha cobrado.

¿Cómo se puede recuperar el IVA de una factura impagada mediante la reclamación de impago notarial?

Para poder obtener esta recuperación, la deuda debe ser considerada, en palabras de la ley, incobrable, y esto ocurre cuando se dan estos requisitos:

  1. Que el crédito no haya sido cobrado en su totalidad una vez transcurridos 6 meses o 1 año desde el devengo del IVA.
  2. Que la factura esté registrada en los Libros Registros.
  3. Haber reclamado el cobro de la factura por vía judicial o mediante un requerimiento notarial.
  4. Que el destinatario de las operaciones, es decir, el deudor, actúe en su condición de empresario o profesional. En caso contrario, se exige que la base imponible de la factura impagada sea superior a 300 euros, IVA excluido.

Concurriendo estos requisitos la factura podrá considerarse incobrable y tendrá un plazo de tres meses para emitir la factura rectificativa y de un mes, tras dicha emisión, para remitirla a Hacienda junto con el requerimiento notarial enviado. De este modo, en la siguiente declaración que realice del IVA, podrá modificar la base imponible compensando la cantidad pagada por este concepto en su momento respecto de esa factura impagada.

¿Cuáles son las deudas con mayor índice de éxito en el recobro?

ICIRED tiene un alto porcentaje de éxito en el cobro de cualquier impago, no obstante, el coeficiente es mayor cuanto más recientes sean las deudas y de menor cuantía. Asimismo, debido a nuestro sistema de indexación en Internet de las referencias sobre los impagos provocados por personas jurídicas, tenemos un mayor índice de éxito en el cobro de cantidades debidas por este tipo de sujetos.

¿Qué es un Fichero de solvencia negativa o sistema de información crediticia?

Es aquél que recoge, sin el consentimiento de su titular, datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones dinerarias y que han sido facilitados por el acreedor, estos son los coloquialmente conocidos como "Registro de morosos". Se encuentran regulados en el Art.20 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD) y la finalidad es conocer las posibles deudas impagadas que mantenga una determinada empresa, profesional o particular.

ESTAMOS AQUÍ PARA AYUDARTE

Consúltanos a través de cualquiera de nuestros canales

Lunes a Viernes de 8.00h a 18.30h
Llamada Gratuita

Asistente de compra

Descubre qué Informe es el que mejor se adapta a tus necesidades

clientes@einforma.com

Escríbenos un email y resolveremos todas tus dudas

900 10 30 20

Lunes a Viernes de 8.00h a 18.30h
Llamada Gratuita