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Ficha de Ayudas para reformar viviendas para una eficiencia energética.

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Subvenciones para el fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en edificios...
Título:
Objeto:Ayudas para reformar viviendas para una eficiencia energética.
Convoca:Disponible
Gestiona:Disponible
Plazos:Disponible
Beneficiario/s:
a) Los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.

Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles.

b) Las comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

c) Los propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de  propiedad horizontal. 

d) Las sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que  reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que  conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme  a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

e) Las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que  acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

f) Las empresas de servicios energéticos, entendiendo como tal la definición más amplia posible de las  organizaciones que aporten este tipo de servicios. Para poder ser beneficiarias, estas empresas deberán  actuar en función de contrato con la propiedad y llevar a cabo las inversiones en las actuaciones  establecidas en este programa, debiendo acreditar su intervención como empresa de servicios energéticos y  la inversión realizada, que cumplan, además cada uno de los requisitos establecidos en las bases.
Requisito/s:
Localización del Beneficiario:
Localización de acciones Subvencionables:Disponible
Ficheros disponibles:
.: Ver Resumen Completo .: Ver Organismos .: Ver Bases

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